GESTORÍA
CAMBIO
TITULARIDAD VEHÍCULOS
Nos encargamos de realizar los trámites necesarios: pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ante Hacienda, así como el registro en la DGT del cambio de titularidad.
Si ha vendido o comprado un vehículo de segunda mano, o bien lo ha heredado, es necesario efectuar el cambio de titularidad del mismo en el Registro de la Dirección General de Tráfico.
En nuestro despacho nos encargamos de realizar los trámites necesarios, como es el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de su Comunidad Autónoma, así como el registro en la DGT del cambio de titularidad.
Recuerde, este pago debe abonarlo el comprador.
Gracias a nuestro servicio, el vendedor se asegura la correcta presentación en Tráfico de la venta de su vehículo y el comprador también se asegura que puede circular correctamente con el vehículo.
Si vende su vehículo, recuerde siempre los siguientes consejos:
Nunca entregue el vehículo sin tener en sus manos el contrato original de compraventa (si es entre particulares) o factura (si lo entrega en una compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas).
Si es una compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato, la hora y minutos en que entrega el vehículo: recuerde que las multas de los radares fijos y las multas por no haber pasado la ITV, le seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad.
Indique al comprador, que antes de 15 días le remita copia del permiso de circulación donde conste, que el vehículo ya está a su nombre.
Si no ha recibido este documento en el plazo de 15 días, diríjase a la Jefatura de Tráfico para comunicar que ha vendido el vehículo (trámite de notificación de venta).
Si ha adquirido el vehículo a un particular, recuerde que debe quedarse con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo. (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite).
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
COMPRAVENTA
FALLECIMIENTO DEL TITULAR
- DNI o CIF de comprador y vendedor.
- Contrato o factura original de compraventa.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles.
- Abonar las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el Registro de Vehículos.
- Liquidar el Impuesto de Circulación del año anterior.
- Pago de la tasa.
- DNI original del interesado.
- Declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento.
- Pago del Impuesto de Sucesiones.
- Pago de la tasa.